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SERNAC RECUERDA LAS OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS EN EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DEL CONSUMIDOR

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Programa de capacitación:
Algunas obligaciones de los proveedores indican por ejemplo que se deben identificar claramente los datos de la empresa. Así como también informar quién es el profesional a cargo o jefe de local.
SERNAC invita a conocer la Ley del Consumidor y entregar un mejor servicio. 

Todo indica que los consumidores están cada vez más conscientes de sus derechos y dispuestos a ejercerlos. Asimismo, las tendencias nos muestran que un consumidor empoderado sabe premiar con su compra o contratación a la empresa que respeta sus derechos y deja de comprar a quien los vulnera.

De allí la importancia de que las empresas vean en la resolución de los reclamos de los consumidores una oportunidad para mejorar su gestión y no sólo como una simple estadística. Y para que los consumidores ganen es necesario respetar sus derechos y cumplir con la Ley del Consumidor. 
Por eso este año el SERNAC invita nuevamente a las empresas a capacitarse a través de una nueva versión on line del curso gratuito a distancia “Responsabilidades de los proveedores de bienes y servicios”, en www.sernac.cl.
Este programa de capacitación, que tiene una duración de 40 horas,  está dirigido precisamente a vendedores y personas que trabajan en áreas de ventas y servicio al cliente, con el objetivo que aprendan sobre la normativa vigente y la apliquen en sus lugares de trabajo.
En este sentido, los consumidores deben saber que las empresas tienen que ser profesionales en la entrega de sus servicios y respetar la ley del Consumidor en los siguientes ámbitos:

Informar de manera veraz y oportuna, sobre los productos y servicios que la empresa ofrece. 
Dar a conocer el precio, de manera visible y respetarlo. Esto es exhibir de manera obligatoria el valor de los productos o servicios.
Respetar el derecho a la garantía legal. Los consumidores tienen derecho al 3X3: cambio del producto, la reparación gratuita o la devolución de lo pagado durante los tres primeros meses de la compra. Es el consumidor quien elige cuál de esas opciones, no la empresa.
Otorgar medios y espacios para recibir consultas y reclamos de los consumidores. 
Identificar claramente los datos de su empresa. Así como también informar quién es el profesional a cargo o jefe de local.
Tomar todas las medidas necesarias para que sus productos o servicios no pongan en riesgo la seguridad de los consumidores. Especialmente, si se trata de niños.
Cumplir todo lo que informa o anuncia en su publicidad y lo que dice en folletos, afiches, promociones, avisos o sitios Web.
Dar información clara y precisa con respecto a las ofertas. Su tiempo de duración, productos o servicios incluidos, cantidad de bienes o servicios en oferta, entre otros.
Cumplir con todo lo que acuerda y ofrece al consumidor cuando contrata y firma un documento con la empresa.
En caso de cobranzas extrajudiciales, no debe realizar comunicaciones o llamados telefónicos a personas que no estén involucrados en la deuda (jefe, familiares u otros) o cobros fuera de los días y horas hábiles que señala la ley, es decir, de lunes a sábados, de 8:00 a 20:00 horas.
Si bien los consumidores deben pagar sus obligaciones, no pierden sus derechos por tener deudas atrasadas y las empresas deben respetar lo que señala la ley con relación a las cobranzas extrajudiciales.

Una empresa que es profesional entiende que atender a un cliente, escuchar sus inquietudes y resolver sus problemas es una oportunidad para advertir riesgos y no caer en incumplimientos a la normativa.



 
 

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