JoniJnm.es
Portada Actualidad TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARÓ ADMISIBLE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD POR LEY DE PESCA

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARÓ ADMISIBLE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD POR LEY DE PESCA

E-mail Imprimir PDF
Usar puntuación: / 0
MaloBueno 
 Gobierno no podrá promulgar aún la nueva ley de Pesca en su totalidad, existiendo dos requerimientos en proceso en el Tribunal Constitucional por varias normas que han sido cuestionadas en virtud del Convenio 169, que establece consulta obligatoria e informada a las comunidades indígenas.-


Un nuevo traspiés experimenta la polémica Ley de Pesca tras la decisión del Tribunal Constitucional de declarar admisible el recurso de inconstitucionalidad presentado por 50 diputados de oposición, encabezados por el parlamentario DC Fuad Chahín y por el jefe de la bancada DC, Ricardo Rincón. A este recurso se suma otro, similar, presentado por senadores de diversas bancadas; mientras no se resuelva el fondo de este recursos, normas claves del proyecto siguen siendo cuestionadas, esta vez y según informaron los diputados, por su inconstitucionalidad.

Al respecto, el diputado Fuad Chahín explicó que “si bien estimamos que todo el proceso está viciado, pues se ha vulnerado el convenio 169 que obliga a Chile a consultar a las comunidades indígenas, hemos solicitado que a lo menos tres normas se declaren inconstitucionales, estas, obviamente son parte esencial de la iniciativa, por lo que de aprobarse, este proyecto quedará en una compleja situación. Lamentamos que esto esté ocurriendo, pues durante la tramitación insistimos en la obligación de consultar a nuestros pueblos originarios, especialmente a aquellos que viven del mar, a las comunidades lafquenches entre otras. Ello simplemente no ocurrió y las excusas que entregó la autoridad sólo demuestran que hubo una violación a un convenio internacional, vulnerándose, además, principios básicos de nuestra Constitución, específicamente, el artículo 19 “.

El Jefe de Bancada DC, Ricardo Rincón, agregó que “junto con oponernos a esta ley en muchos aspectos, formulamos no sólo en Sala sino durante toda la tramitación, que la consulta a los pueblos originarios era clave y obligatoria, y debía realizarse en forma oportuna, informada y de buena fe, tal como lo establece el convenio 169; sin embargo, el Gobierno manifestó su tozudez, impulsando una ley que no sólo consagra los recursos de todos los chilenos para unos pocos, sino que, además, no protege realmente la sustentabilidad y afecta a las comunidades indígenas que viven del mar y que debieron haber sido debidamente consultadas”.

Las normas cuestionadas por los diputados tienen que ver con las cuotas de captura y los procesos de subasta: sin embargo, para los diputados “todo el proceso está viciado”.

El Convenio 169, que garantiza derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana y que establece entre otros puntos la consulta obligatoria a los pueblos indígenas, comenzó a regir en Chile el año 2009 y según el artículo 5 de la Constitución, “es deber de los órganos del estado, promover y respetar los derechos garantizados por la Constitución, así como los tratados internacionales ratificados por Chile y que encuentren vigentes “
 

Horóscopo



Aries
 

Tauro
 

Géminis
 

Cáncer
 

Leo
 

Virgo
 

Libra
 

Escorpión
 

Sagitario
 

Capricornio
 

Acuario
 

Piscis
 

Usuarios Online

Tenemos 290 invitados conectado(s)

Buscar en VI.cl

Guía Regional

Guía Turística:
Alojamientos    Pubs/Discoteque  Restaurantes   Viñas

Guía Profesional:
Asesorias    Contadores