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Promulgación de Ley de Femicidio

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alt“Ojalá el rigor de la norma establezca un parámetro inequívoco que evite más muertes y deje víctimas colaterales, como son los hijos y la familia en general”.
Sin dejar de lamentar el femicidio de Mireya Salas, ocurrido el viernes en la ciudad de Rengo, la Directora Regional del Sernam, Daniela Krauss Von Harpe, valoró la iniciativa que materializó el Presidente Sebastián Piñera, quien junto a la Ministra del Sernam, Carolina Schmidt y un grupo de parlamentarias que impulsaron la normativa, busca evitar la disminución de los asesinatos de mujeres por esta causa y busca dar una nueva señal clara  para quienes llegan a esta violencia extrema. En lo que va del año, en este contexto, han perdido la vida 48 mujeres.
Fue el viernes pasado que en la Región del Libertador Bernardo O’Higgins se registró el primer femicidio en lo que va del año. Mireya Salas (43) encontró la muerte luego de haber sido herida mortalmente con arma blanca en  manos de su ex pareja, José Ugarte, quien desde el 2009 habían terminado la relación por los múltiples episodios de violencia intrafamiliar que la víctima sufrió en los tres años de convivencia. Un caso fatal que pone en evidencia este fenómeno y Daniela Krauss Von Harpe lamenta, “considerando la gravedad de la situación que afecta particularmente, a una de cada tres mujeres y que nos advierte al mismo tiempo a generar un cambio de actitud frente a los conflictos que se dan en las parejas. El Presidente ha sido claro en señalar que esta administración dará todos los pasos necesario para que la Ley de Femicidio contribuya a parar esta escalada de violencia extrema y que ojalá el rigor de la norma establezca un parámetro inequívoco que evite más muertes y deje víctimas colaterales, como son los hijos y la familia en general”.


El asesinato de una mujer a manos de su pareja o ex pareja tiene a partir de hoy una pena mayor que la del simple homicidio, gracias a la ley que tipifica el delito de femicidio. “Un país en que 1 de cada 3 mujeres sufre violencia intrafamiliar y 3 de cada 4 niños sufre violencia intrafamiliar no es un país civilizado”, dijo el Mandatario, apuntando a las cifras que se manejan sobre el tema en Chile. Asegurando que junto a las metas del desarrollo, el impulso a nuevos empleos y generación de oportunidades va de la mano con un país en que “nuestras mujeres y niños no sigan viviendo con el temor con que hoy día viven frente a la violencia intrafamiliar”.
De acuerdo a los estudios y estadísticas que maneja Sernam, en Chile dos millones de mujeres sufren violencia intrafamiliar y una muere cada semana a manos de sus parejas y ex parejas, sifras que se intentan disminuir, erradicar y evitar. La ley define el femicidio como el asesinato de una mujer a manos de su esposo, conviviente o pareja, así como del hombre que haya mantenido en el pasado una relación afectiva con ella en cualquiera de dichas condiciones. La nueva legislación establece sanciones de 15 a 40 años de reclusión, en estos casos.
La Directora Regional del Sernam señala además que esta ley autoriza y mandata a los Tribunales de Familia a tomar todos los resguardos y medidas cautelares necesarias para brindar protección a las víctimas de violencia intrafamiliar, aún antes de que la causa sea remitida al Ministerio Público, “con el fin de tomar de manera eficiente la protección que requiere la denunciante. Además la ley deja en evidencia la violencia sexual para combatir con mayor fuerza las violaciones dentro de las parejas, eliminando la necesidad de que la víctima haya opuesto resistencia y sólo requiere que haya expresado su oposición”, advirtió.


Principales Modificaciones incluidas en la nueva ley de femicidio:

•    Tipificación del delito de femicidio, cuando la víctima del parricidio es una mujer que es o ha sido cónyuge ó conviviente del autor.
•    Inclusión de los ex cónyuges o ex convivientes dentro del delito de parricidio, lo que permite que tengan igual pena los hombres o mujeres que asesinen a sus ex parejas.
•    Se establece una eximente de responsabilidad penal para el que obre para evitar un mal grave para sus persona o un tercero,  cumpliéndose determinados requisitos.
•    Para poder aplicar irreprochable conducta anterior al imputado por cualquier delito, se obliga a los jueces a considerar los antecedentes previos por violencia intrafamiliar que éste pudiera tener.
•    Se autoriza a prescindir de la autorización del padre o madre que ha sido condenado por delitos sexuales, cuando se quiere sacar a los hijos del país.
•    Se duplica el periodo de duración de las medidas accesorias a la sentencia para agresores en causas de violencia intrafamiliar,  ampliándose éstas hasta  dos años.  Ejemplos: prohibición de acercarse a la víctima, obligación de asistir a terapia,  etc.
•    Se incorpora dentro de las presunciones de riesgo para una víctima de violencia intrafamiliar, la negativa violenta de aceptar el término a una relación de pareja.
•    El juez de familia queda obligado a entregar medidas cautelares a la víctima de violencia intrafamiliar antes de remitir la causa al ministerio público, eliminando así uno de los períodos más riesgosos para las víctimas de violencia intrafamiliar.
•    Se agravan las penas por delitos sexuales, cuando estos son cometidos por dos o más personas.
Antecedentes

•    Van 48 femicidios durante el 2010.  A la misma fecha, el año 2009, iban 54.
•    Muchas de las víctimas de femicidio habían denunciado ser víctimas de violencia intrafamiliar.  Algunos de los autores del delito tenían prohibición de acercarse a la mujer.

CIFRAS

•    De las denuncias por violencia intrafamiliar realizadas en Carabineros de Chile el año 2010, 81% corresponde a violencia contra la mujer
•    Según la Encuesta Nacional de Victimización del Ministerio del Interior, el 35.7% de las mujeres encuestadas plantea haber sido víctima de violencia por parte de su pareja o ex pareja en algún momento de su vida, es decir 1 de cada 3 mujeres.
•    Los principales factores de riesgo identificados para las mujeres que sufren violencia psicológica son mantener relaciones de tipo abusiva/controladora con la pareja, poseer creencias que justifican agresiones contra la mujer, haber sido víctima de violencia física en la infancia, poseer una pareja que haya sido víctima de violencia en la infancia, poseer una pareja que ha tenido peleas físicas con otras personas, poseer una pareja que consume alcohol excesivamente, poseer una pareja que consume drogas
•    Respecto de la violencia intrafamiliar hacia las mujeres, el 37.2% planta haber sido víctima de violencia psicológica por parte de su pareja o ex pareja, el 24.6% violencia física menos grave, el 15% violencia física grave y el 15.6% violencia sexual.
•    Es importante destacar que de las agresiones sexuales, el 80% de ellas es cometido en contra de niñas y mujeres, de ahí la responsabilidad social y cultural en este aspecto, de la sociedad y los medios, ya que tanto la violencia física como sexual, también tiene graves efectos psicológicos.


 

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