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Portada Policial y Justicia TOP de Rancagua condena a 10 años y un día de presidio a imputado por tráfico de cocaína en diversos sectores de la ciudad

TOP de Rancagua condena a 10 años y un día de presidio a imputado por tráfico de cocaína en diversos sectores de la ciudad

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 El  Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a la pena de 10 años y un día de presidio y al pago de 45 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) a Ricardo Elías Godoy Finschi acusado por el delito de tráfico ilícito de drogas, hechos descubiertos el día 14 de noviembre del año 2013. 
El tribunal -integrado por las magistradas Paulina Chaparro Bossy, Gladys Medina Montecino y María Esperanza Franichevic- dio por acreditado que: “Personal de la Policía de Investigaciones de Chile mantenía información aportada por informantes de que el imputado Ricardo Elías Godoy Finschi se estaba dedicando a la comercialización de cocaína base, la cual era distribuida en distintos sectores de Rancagua y con esa información realizaron diversas vigilancias al imputado en su domicilio (…), fue así que el día 14 de noviembre de 2013 verificaron nuevamente a través de un informante que éste viajaría a la ciudad de Santiago para adquirir una cierta cantidad de droga logrando observar que en horas de la tarde abordaba una camioneta marca Hyundai Santa Fe color celeste, se realizó seguimiento, se confirmó que el imputado se dirigió a la Región Metropolitana y que retornó luego alrededor de las 21:00 horas siendo fiscalizado en la intersección de avenida Kennedy con Circunvalación, verificando que éste portaba al interior del automóvil un bolso de color negro, el cual denotaba cierto peso, verificando que al interior del mismo éste portaba un total de tres paquetes envueltos en cinta adhesiva de color café, contenedores todos de un polvo color beige, solamente arrojando coloración positiva a la presencia de cocaína una de las bolsas, con un peso bruto de 821,7 gramos, deteniendo entonces en el lugar al imputado”.
Los magistrados indicaron que: “Que, tal como se señaló en la deliberación, la prueba de cargo resultó suficiente, en términos de estándar, para acreditar la ilicitud materia de la acusación fiscal. (…) Tuvo especial relevancia el hecho que la droga estaba siendo transportada en un bolso donde además había otros dos paquetes de similares características, peso y contenido, los cuales, luego de su análisis preliminar por la policía y final por el Servicio de Salud, se estableció no contenían sustancias estupefacientes y/sicotrópicas. A ello se unió la información que entregó el policía Prieto, en el sentido que el acusado habría mencionado de manera informal al momento de su detención, que lo habrían ‘cagado’, pues en una población le habrían entregado ‘cuestiones que venían malas’. Todo lo anterior, sumado al hecho que el acusado no portaba dinero, permite presumir que dicha carga fue el resultado de una compra mayor de sustancias prohibidas, pese a que el resultado final fuera que sólo un tercio de lo adquirido resultó ser cocaína, completándose así la información preliminar recabada por la policía, en orden a que ese fue precisamente el motivo del viaje del acusado a la ciudad de Santiago”.
El tribunal condenó, además, a Valencia Hermosilla al pago de las costas del juicio y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena. 
Finalmente los jueces determinaron que la pena deberá cumplirse en forma efectiva, ya que el acusado tiene la agravante de reincidencia por el mismo delito, donde fue condenado a la pena de 4 años de presidio -con el beneficio de la libertad vigilada- y multa de 10 unidades tributarias mensuales.
 
 

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