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TOP de Rancagua condena a 7 años cárcel a autor de homicidio en Rengo

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 El  Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a la pena de 7 años de presidio a José Patricio Domínguez Torres como autor del homicidio de Jorge Eduardo Ramis Muñoz, ocurrido el 17 de junio de 2015, en el sector de El Naranjal Viejo de la comuna de Rengo. 
El tribunal -integrado por los magistrados Óscar Castro Allendes, Joaquín Nilo Valdebenito y Paola González López-indicó que: "Con la prueba rendida por el ente persecutor se estableció que, el día 17 de junio de 2015, en horas de la madrugada, dentro del domicilio del acusado, ubicado en Villa Deseada s/n, villa El Naranjal Viejo, de la comuna de Rengo, se produjo un altercado entre el acusado y Jorge Eduardo Ramis Muñoz, producto del cual esta última persona resultó con un politraumatismo cráneo encefálico abierto y grave, que causó su muerte en el interior de la referida residencia, todo ello provocado por la acción  del acusado, quien, provisto de un palo, propinó varios golpes a la cabeza del interfecto". 
La sentencia establece que durante el juicio, la defensa alegó legítima defensa, argumentando que la víctima era desconocida para el imputado y que habría ingresado por una ventana hacia la cocina de la vivienda del acusado con la finalidad de sustraer especies. Sin embargo, los jueces establecieron que: "Los reproches anteriores no permitieron comprobar la existencia de los requisitos necesarios para configurar la legítima defensa privilegiada, puesto que se determinó que el acusado conocía a Jorge Ramis Muñoz y éste ingresó al domicilio con la aprobación del dueño del inmueble, esto es, del acusado, lo que permitió situarlo en el lugar de los hechos, o sea, dentro de la casa de Domínguez Torres, sin necesidad de un ingreso irregular como fue lo postulado por la Defensa". 
El tribunal condenó, además, al pago de las costas del juicio y determinó que el condenado no puede recibir el beneficio de la pena sustitutiva, por lo que deberá cumplir la condena en forma efectiva, iniciándola una vez que termine de efectuar la actual sanción (RIT 33- 2004) del Tribunal Oral de Linares, por otro delito de homicidio, y por la que se encuentra actualmente privado de libertad.
 
 

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