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En la oportunidad, fiscalizadores de la SEREMI de Salud, levantaron actas con observaciones, principalmente por deficiente rotulación, en cuanto al idioma, edad, país de procedencia, detalles de toxicidad de algunos elementos, entre otros.
Por lo mismo, la jefa de la cartera de salud de la región, Dra. Zavando, comentó que “a pesar de haber fiscalizado locales establecidos, nos encontramos con carencias en el etiquetado, por lo mismo en casos muy específicos se procedió al retiro de algunos útiles, con el objetivo que sean analizados por el Instituto de Salud Pública”.
“Con respecto a las actas dejadas, son con el objetivo que queden constancias de irregularidades de fabricantes o proveedores, para que los locatarios hagan valer sus derechos exigiendo productos en regla, de esa manera la SEREMI de Salud puede notificar a empresas y así mejoren las condiciones descritas”. Puntualizó la Autoridad Sanitaria.
Al finalizar el recorrido, la Dra. Zavando entregó un mensaje a los padres, expresando que “los apoderados se deben fijar muy bien en los artículos que compran, no solo considerando el precio, sino también la calidad, y en ese sentido asegurarse que cumplan con la normativa vigente, con la finalidad de disminuir el riesgo para la salud de los niños. También el llamado es que no compren silicona líquida, ya que es altamente inflamable”.
Cabe destacar que se inspeccionaron los locales Pre Unic, Librería El Sol, Globo y Lápiz López, siendo ésta última la que presentó productos más seguros. Por otro lado en las afueras del Mall del Centro, se encontraron con vendedores ambulantes, que al ver la presencia de los fiscalizadores arrancaron con los productos.
Plomo y Tolueno
El Decreto 374 del año 97 del Ministerio de Salud, tiene por objetivo establecer el límite máximo permisible de plomo en pinturas, barnices y materiales similares de recubrimiento de superficies, así como también fija el máximo permisible de plomo en pinturas de uso infantil y escolar, las que no podrán tener una concentración superior a 0.06% de miligramos por kilo.
A su vez que el Decreto 754 del año 98 del Ministerio de Salud, prohíbe el uso de tolueno en adhesivos y pegamentos, aceptando la presencia del solvente tolueno en adhesivos y pegamentos cuando éste se encuentre como impureza, no pudiendo, en tal caso, exceder su concentración de 0,5% en peso de tolueno.
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