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Entra en vigencia ley que regula instalación de torres para antenas celulares

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•    La normativa reduce el impacto urbanístico de estas infraestructuras, abre espacios de participación ciudadana a nivel local de forma previa a la entrega de los permisos municipales, y cautela de forma preventiva la salud de las personas fijando un límite para las emisiones radioeléctricas que ubica a Chile entre los cinco países más estrictos de la OCDE.
 Un nuevo régimen legal para ordenar y racionalizar el despliegue y uso de infraestructura de antenas celulares en las ciudades, empezará a regir en Chile desde esta semana con la entrada en vigencia de la Ley de Torres,  que regula con mayores exigencias urbanísticas y de participación ciudadana la instalación de estas estructuras.
Tras una década de debate, este año fue aprobada por amplia mayoría la nueva Ley en el Congreso Nacional y tras la aprobación  del Tribunal Constitucional, fue promulgada por el Presidente Sebastián Piñera.
La normativa reduce el impacto urbanístico de estas infraestructuras, abre espacios de participación ciudadana a nivel local de forma previa a la entrega de los permisos municipales, y cautela de forma preventiva la salud de las personas fijando un límite para las emisiones radioeléctricas que ubica a Chile entre los cinco países más estrictos de la OCDE.
El Seremi de Vivienda y Urbanismo, Wladimir Román, resaltó que “esperábamos hace mucho tiempo una regulación en este sentido, ya que esta ley entrega por fin facultades reales a los Municipios para intervenir en los procesos de instalación de torres en su territorio comunal, porque estas obras requerirán permiso previo de las Direcciones de Obras de cada comuna. Además se abre un inédito espacio de participación ciudadana para que los propietarios de inmuebles cercanos tengan un rol clave a la hora de definir qué medidas de mitigación o compensación acompañarán cada proyecto de instalación de torres”.
Por su parte, el Seremi de Transporte y Telecomunicaciones, Sebastián Camiruoaga, señaló que “además de hacer partícipe a los mismos ciudadanos, la nueva ley se hace cargo de la salud de los vecinos de forma preventiva, tal como lo recomienda la Organización Mundial de la Salud. Así, armonizamos el respeto al entorno urbano y calidad de vida de las familias con el avance indispensable de infraestructura para servicios de telecomunicaciones que requiere el país”.

Por último, consultado sobre el tema, el Diputado por el Distrito 34, Javier Macaya, indicó que “esta ley es un enorme  avance en la materia ya que antes miles de familias se veían invadidas por estas antenas y no podían hacer nada por evitar o aminorar el impacto de éstas. Con esto, hay un proceso que involucra a los propios vecinos afectados quienes, además, de poder participar en forma previa al otorgamiento de los permisos municipales para su funcionamiento, podrán exigir medidas de mitigación o compensación por las obras. Así, seguimos cumpliendo con nuestros vecinos, haciéndolos partícipes de las decisiones y cumpliendo con los niveles de cobertura y servicio que necesita el país para su desarrollo”.
En este nuevo escenario, la autorización para iniciar las obras de instalación de una torre soporte de antenas -de más de 3 metros de altura- en un sector urbano de la comuna, es responsabilidad de la Municipalidad respectiva a través de su Dirección de Obras Municipales, la cual estará encargada de recibir las obras finalizadas y verificar que las estructuras físicas cumplen con el proyecto autorizado y las normas establecidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Adicionalmente, la Ley entrega plazos a las empresas para ajustar sus antiguas torres ubicadas en territorios saturados y zonas sensibles a la nueva normativa, proceso que debe ser informado a cada Municipio y será fiscalizado por las Direcciones de Obras de cada comuna.
Conforme a la nueva Ley de Torres soportes de Antenas, los ciudadanos tienen derecho a:
1.    Que las empresas informen con anticipación a los vecinos cuando quieran instalar una torre soporte de antenas de 3 metros de altura o más en su barrio.
2.    Oponerse a la instalación de una torre por razones técnicas que tengan relación con la concesión de un servicio de telecomunicaciones ante la SUBTEL.
3.    Realizar observaciones por escrito al proyecto de instalación de torre en su barrio ante la Dirección de Obras Municipales de su comuna, a más tardar 30 días corridos desde que fue comunicada la obra a los propietarios y previo informe de la Junta de Vecinos.
En este sentido, los propietarios afectados, una vez notificados podrán elegir con el acuerdo del 50% o más de sus miembros, una de las siguientes alternativas:
•    Exigir obras de mejoramiento del espacio público del barrio a costo de la empresa como compensación por la instalación de la torre soporte que minimicen el impacto urbano de la torre. Se considera como monto de la compensación un 30% del costo total de la obra asociada a la instalación de la torre.
•    Exigir que la torre soporte que se construirá se mimetice con su entorno urbano, mediante un diseño que sea armónico con el paisaje urbano y la arquitectura del lugar que la rodea.
4.    Pedir la retasación del avalúo fiscal del inmueble de su propiedad.
5.    Conocer el catastro público de todas las torres existentes y sus características técnicas. La SUBTEL tendrá un año plazo desde la entrada en vigencia de la Ley para publicarlo.
6.    Conocer cuáles son las zonas preferentes definidas por el Municipio para la instalación de torres en su comuna.
7.    Que se cumpla en su zona con la norma máxima de emisiones radioeléctricas dictada por el Ministerio de Medio Ambiente.

    



 

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