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Gobierno fiscalizará feriados obligatorios de Fiestas Patrias

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    Las inspecciones en todo el país se realizarán en tres etapas, entre el 10 y el 19 de septiembre. Trabajadores podrán ingresar denuncias por atropellos a este derecho irrenunciable en el sitio web www.dt.gob.cl

Ante la proximidad de los feriados irrenunciables de Fiestas Patrias, el Intendente (s) de la Región de O’Higgins, Pedro Hernández; el Seremi del Trabajo, Raúl Montes de Oca, y el Director Regional del Trabajo, Ricardo Jofré, dieron a conocer que la fiscalización al comercio será implacable en el cumplimiento de la norma en beneficio del descanso obligatorio e irrenunciable de los trabajadores.

Para difundir y educar sobre este tema, las autoridades efectuaron un recorrido por distintos locales comerciales del paseo Independencia y del Mall de Rancagua, especificándose que el  descanso de los trabajadores comenzará a las 21 horas del 17 de septiembre y finalizará a las 06 horas del 20 de septiembre, salvo las alteraciones horarias que se produzcan con motivo de la rotación de los turnos, caso este último en que podrán prestar servicios entre las 21 y 24 horas del 17 de septiembre o entre las 0:00 y las 6:00 horas del 20 de septiembre, cuando el respectivo turno incida en dichos períodos. Ningún trabajador del comercio podrá laborar más allá de dichos topes, ya sea por aplicación de la jornada ordinaria o extraordinaria que hubieren convenido.

Durante la jornada, donde también participaron las fiscalizadoras de la Inspección del Trabajo, María Calderón y Ximena Rojas, el Intendente (s) señaló que “gracias a la aprobación del día 19 de septiembre como feriado irrenunciable, hoy los trabajadores chilenos también pueden celebrar como todos estas fiestas patrias, y para estar seguros de que se cumplirá este derecho hacemos una campaña de educación, porque la idea no es pasar multas, sino velar por que la ley se respete y cumpla”.
 
En el recorrido por el comercio, el Seremi del Trabajo explicó que el espíritu de la ley es “garantizar que los trabajadores del comercio, tal como el resto de los trabajadores del país, puedan disfrutar en familia de estos feriados”.

Por su parte, el Director Regional del Trabajo, añadió que este esfuerzo se enmarca en un propósito mayor, cual es “garantizar unas Fiestas Patrias seguras y en familia para los trabajadores del país. Con ese propósito se desplegarán también fiscalizaciones a los buses interurbanos y a las fondas para verificar que sus trabajadores estén laborando en condiciones higiénicas y de seguridad apropiadas”.

Por ello, Ricardo Jofré realizó un llamado a los empleadores para que se respeten los horarios establecidos para sus trabajadores durante las celebraciones de Fiestas Patrias y también para los usuarios, con el fin de que puedan realizar sus compras con tiempo.

Para  los efectos de la aplicación de esta normativa, se entiende  por dependientes del comercio todos aquellos que se desempeñan en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas labores se relacionen con el expendio o venta  directa al público de las mercaderías o productos que en ellos  se ofrecen, como también, quienes participan en dicho proceso cumpliendo labores inherentes e íntimamente relacionadas con el mismo como  serían las labores de los  cajeros y  empaquetadores, además de los trabajadores que se desempeñan en las denominadas "tiendas
de conveniencia" que funcionan adosadas a los servicentros, pero en la medida que la actividad que éstos realicen se limite a la venta de productos y mercaderías.

Están exceptuados los trabajadores que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, el personal que expende combustibles y el que se desempeña en farmacias de urgencias o de turno.

FISCALIZACIONES Y SANCIONES
Para la primera fase de este programa inspectivo han sido fijadas 30 fiscalizaciones en la región. Esta primera etapa, entre el 10 y el 14 de septiembre, consistirá en visitas a cada una de las empresas para informarles del programa y advertirles las sanciones a las que se exponen de no respetar ambos feriados irrenunciables.

La segunda fase, el día 17 de septiembre, consistirá en fiscalizar un mínimo de 5 empresas por región para verificar el cumplimiento del cierre anticipado del comercio a las 21 horas, o a las 24 horas para quienes tienen turnos especiales.

Posteriormente, se fiscalizará a través de las denuncias recibidas por la página web (www.dt.gob.cl) entre el 15 y 19 de septiembre, tanto por extensión de la jornada el día 17, como por no respetar el descanso los días 18 y 19, feriados durante los cuales también se harán recorridos en los sectores comerciales de las ciudades.

Las infracciones a la extensión de la jornada del día 17 de septiembre, considerada gravísima, serán multadas con 10, 40 ó 60 UTM, según si la empresa tiene entre 1 y 49 trabajadores; 50 y 199; y 200 y más, respectivamente. 

En tanto, las infracciones a los feriados irrenunciables del 18 y 19 de septiembre serán sancionadas con multa a beneficio fiscal de 5 UTM por cada trabajador afectado, si el empleador tuviere contratados hasta  49 trabajadores. Si los contratados son entre 50 y 199, la multa sube a 10 UTM por cada afectado, y a 20 UTM cuando en la empresa existen 200 y más contratados.

Durante el año 2011 se realizaron en esta fecha 687 fiscalizaciones en el país, de las cuales 20 terminaron con multas por jornada, contrato, remuneraciones, materias previsionales y materias de higiene y seguridad. Estas multas alcanzaron la cifra de 14 millones 754 mil 514 pesos. En la Región de O’Higgins se cursaron 2 multas por $1.328.238 de un total 40 empresas fiscalizadas.

 

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